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ISSN 1668-2327 -
 
Miércoles 20 de mayo de 2009

Boletin Informativo 263
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Financiamiento de grupos en Empresas
FONTAR llama a la presentación de proyectos de Investigación y Desarrollo

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llama a la presentación de proyectos de Investigación y Desarrollo (I+D) en Empresas, para la adjudicación de Aportes No Reembolsables para el financiamiento de grupos de I+D en Empresas (ANR I+D 2009) en el marco del Programa de Modernización Tecnológica III Préstamo BID 1728-OC AR

Por tal motivo el pasado martes 12 de mayo, se lanzó la línea de Aportes No Reintegrables para la creación del fortalecimiento de unidades de I+D en empresas, focalizando en la adquisición de equipamiento e incorporación de investigadores. Se puede solicitar un tope de $600.000 o el 30% de las compras de equipamiento y las retribuciones a los investigadores arrancando de un 80% en forma decreciente por cuatro años. La fecha de presentación de proyectos es el 14 de Julio a las 11 horas.

El llamado tiene como objetivo financiar parcialmente proyectos que tengan como meta la creación o fortalecimiento de una unidad de I+D en empresas, a través de la incorporación de investigadores y equipamiento de investigación, entiéndiendose al fortalecimiento como la consolidación de unidades de I+D que existen en forma incipiente en las empresas.

Se consideran elegibles todas las empresas productoras de bienes y servicios radicadas en el país, en forma individual o asociadas que facturen hasta un monto equivalente de $ 95.000.000. Se incluye a nuevas empresas de base tecnológica.

Las empresas deberán demostrar capacidad técnica, de gestión y administrativa suficiente para incorporar los bienes tangibles e intangibles provenientes del beneficio.

En el caso que los solicitantes fueran más de una empresa, las mismas deberán acreditar documentalmente y con las formalidades legales vigentes, el tipo de asociación entre ellas (UTE, Asociación de Colaboración, etc.).

El incumplimiento de las formalidades requeridas en el párrafo precedente será causal de no admisión de las propuestas presentadas.

No podrán ser beneficiarios Instituciones sin fines de lucro, ni dependencias gubernamentales.

Serán elegibles aquellos proyectos que propendan a la creación y fortalecimiento de las capacidades de I+D de las empresas, -entendido el fortalecimiento como la consolidación de unidades de I+D existentes en forma incipientes en las empresas-, mediante la incorporación de investigadores y equipamiento especializado para investigación.

El proyecto debe contener:

  • Los antecedentes de la firma y/o de sus integrantes, la información y documentación que acredite los antecedentes de la misma en materia de I+D y/o desarrollos tecnológicos.
  • En el caso que se trate de una empresa de reciente formación, o de una empresa que inicia sus actividades en I+D, será imprescindible evaluar la capacidad y antecedentes de sus titulares.
  • Una programación plurianual de actividades de I+D para el período de un lustro posterior al año de presentación de la solicitud de beneficio. El conjunto de actividades propuesto será evaluado en términos del mérito investigativo (antecedentes del grupo de investigación, claridad de propósitos, conocimiento del campo de investigación, diseño institucional y del programa de I+D, metodologías de investigación), resultados potenciales (probabilidad de éxito, utilidad potencial, aplicaciones prácticas, desarrollo de capacidades) y recursos y financiamiento (apoyo organizativo, equipamiento necesario, presupuesto, solvencia).
  • Se considerará la facturación anual del último balance exigible.

Para Bases y Condiciones o cualquier consulta comuníquese a esta Oficina. Puede bajar Bases y Condiciones en www.agencia.mincyt.gov.ar



 
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